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Las nuevas medidas en Andalucía frente a la pandemia por COVID-19 han sido comunicadas a través del BOJA por la Junta de Andalucía.

Te contamos los puntos más importantes para salvaguardar la salud de las comunidades de propietarios y los hogares, que afectan directamente a las comunidades de vecinos en Andalucía

nuevas medidas

Las medidas que vamos a detallar a continuación no son aplicables en todas las localidades, solo en aquellas que por su alta tasa de contagios han pasado a formar parte de las localidades con limitaciones especiales. Sin embargo, es altamente recomendable seguir las medidas que se detallan a continuación:

Residencias:

No se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial.

Velatorios:
La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

Comercios:
Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.

Hostelería:
Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.

Asociaciones:
Se dispone el cierre de peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares.

Bodas:
En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas, el número máximo de participantes será de treinta personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

Mercadillos:
No se permitirá la apertura de mercadillos públicos o privados.

Deporte:
Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.

Aforos:
Con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en la Orden de 19 de junio de 2020, de medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, los aforos de las actividades servicios e instalaciones se reducen al cincuenta por ciento, salvo que tuvieran previsto uno inferior.

Parques y jardines:
Se suspende temporalmente la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público.

Edificios públicos:
Se reforzarán las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas, aforos, etc.

Para más información y dudas sobre las nuevas medidas y tu comunidad, ponte en contacto con nosotros.

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Una vez finalizado el estado de alarma, comenzamos el camino hacia la «nueva normalidad«, una etapa de la que conocemos su fecha de inicio, pero no su fecha de finalización, ya que la COVID-19 puede ocasionar rebrotes. En todo caso, el horizonte lo marcará la llegada de una vacuna o tratamiento que controle el coronavirus y su expansión. Desde Lexfinca, os informamos de las novedades que incluye esta nueva normalidad:

Movilidad



Podremos movernos y viajar libremente por el territorio de la Unión Europea. Las fronteras se reabrirán en el espacio Schengen -menos la excepción de Portugal, hasta el 1 de julio-. Además, el 1 de julio se podrá viajar a países fuera de este espacio. En el caso del Reino Unido, habrá que guardar una cuarentena de 14 días allí por imposición de su gobierno.

Terminan las limitaciones a la movilidad entre comunidades autónomas.

Movilidad por la Unión Europa y movilidad entre comunidades autónomas en la nueva normalidad

 

Distancia de seguridad

La distancia de seguridad interpersonal pasa a ser de 1,5 metros, en vez de 2.


Se seguirá respetando la distancia interpersonal con la nueva normalidad

Mascarillas


Las mascarillas serán obligatorias en cualquier espacio cerrado en el que haya acceso público, en el transporte público, así como en la vía pública y en espacios al aire libre, siempre que no sea posible garantizar la distancia interpersonal. Serán recomendables para menores de seis años, para personas con dificultad respiratoria y para las que practiquen deporte al aire libre. 

El uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio en transporte público en la nueva normalidad


Bares y restaurantes



En Andalucía se permite un aforo del 75% en el interior de bares y restaurantes y del 100% en las terrazas, manteniendo la seguridad de un 1,5 metros y con una concentración máxima de 25 personas por mesa.

En Andalucía cambia el aforo de las terrazas y los bares con la nueva normalidad


Hoteles y turismo

En los hoteles y apartamentos turísticos pueden ocuparse las zonas comunes, como salas de reuniones y comedores hasta el 50%, mientras que los conciertos al aire libre tendrán una capacidad máxima de 1.500 personas en el exterior. 


La nueva normalidad también trae novedades para los hoteles
Fuente: El Mundo
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Desde hoy, 8 de junio, Andalucía inicia la fase 3 de desescalada, una nueva etapa en la que volvemos a recuperar actividades cotidianas que solíamos hacer previo a la pandemia de COVID-19. En Lexfinca hemos recopilado las principales novedades de la fase 3, donde destacan, principalmente, la eliminación de las franjas horarias y las reuniones de hasta 20 personas en domicilios y al aire libre.


Ocio con niños

Se podrán realizar campamentos y talleres de verano para niños y jóvenes. Asimismo, también reabrirán sus puertas acuarios, zoológicos y centros recreativos turísticos, aunque con limitación de aforo y cumpliendo con las medidas de distancia y seguridad. 


Hostelería

Bares, cafeterías y restaurantes de Sevilla ya pueden abrir sin superar el 50% de su aforo. También se podrá consumir en barra, siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o grupos de clientes.
El aforo de las terrazas se amplía al 75% de las mesas permitidas a cada establecimiento, con una ocupación máxima de 20 personas por mesa o grupo de mesas.


fase 3 de desescalada


Centros comerciales y reuniones

En la tercera fase se podrá abrir los comercios y tiendas de los centros comerciales independientemente de su superficie, aunque con el aforo reducido al 50%. Además, reabren las zonas comunes de los centros comerciales y sus zonas recreativas con un aforo limitado del 40%. También se pueden desarrollar reuniones, conferencias, congresos, etc. Desde Lexfinca, aconsejamos que estas se celebren con un máximo de 50 personas.

Hoteles y turismo activo

Se permite la apertura de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, sin superar el 50% de su aforo. Mientras que los espacios en los que vayan a realizarse eventos, actividades de animación o gimnasios deberán ventilarse dos horas antes de hacer uso de los mismos. Por su parte, para las actividades de animación o clases en grupo, se establece un aforo máximo de 20 personas. Por último, se permiten las actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta 30 personas. 


fase 3 desescalada

Fuente: Diario de Sevilla
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Muchos ya se han preguntado qué se puede hacer en la fase 2 de desescalada. Casi la mitad de las comunidades autónomas de España han dado un paso más hacia la «nueva normalidad» desde el 25 de mayo. En Lexfinca hemos recopilado las principales novedades que recoge este cambio: 


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