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Tanto si eres un amante de los animales como si no tienes mascotas, debemos tener en cuenta ciertas pautas para facilitar la convivencia entre los vecinos de una misma comunidad. A continuación, te contamos los derechos y las obligaciones de los vecinos en una propiedad horizontal en relación a los animales de compañía.

Los problemas más comunes que se dan en la comunidades de vecinos, que hacen que algunos vecinos se oponga a la tenencia de mascotas, son:

-Ruidos.
-Alergias.
-Malos olores.
-Suciedad.
-Fobias.


Recomendaciones para tener animales en comunidades de vecinos

1. Llevar correa en las zonas comunes

Siempre que paseemos por zonas comunes, debemos llevar a nuestro amigo bien amarrado, evitando que tenga contacto con otros vecinos, a no ser que el vecino lo consienta. Además, si se trata de un animal un poco más efusivo o agresivo de la cuenta, es necesario el uso de un bozal. 

2. Zonas comunes libres de excrementos

Bajo ningún concepto deberás dejar a tus mascotas defecar en las zonas comunes, y si esto sucede, debemos recogerlo inmediatamente. Si tu actividad es insalubre o nociva y está recogida en las reglamentaciones de la comunidad, podrías terminar ante la justicia.


3. Ruidos
perro con nió en casa

Algunos ruidos pueden resultar molestos para los vecinos. Desde fuertes ladridos, a los mullidos de un gato, o el piar de un pájaro. Es un tema muy delicado ya que puede considerarse contaminación acústica.


4. Ascensor

Si ningún vecino tiene inconveniente, puedes usar el ascensor de la comunidad. Si por lo contrario, algún miembro de tu comunidad presentar alguna alergia, fobia o molestia por la presencia de la mascota en el ascensor, deberás usar las escaleras para no ocasionar problemas.


5. Animales exóticos en la comunidad de vecinos

Normalmente, los animales que encontramos en una comunidad de vecinos son perros, gatos, peces o pájaros. En los últimos años, la tenencia de animales exóticos como animales de compañía ha aumentado. Hay quien tiene una reptil, un hurón, tortugas, loros… es indispensable cumplir las normal nacionales y locales para tenerlos ya que su tenencia se podría considerar ilícita, insalubre o nociva para la salud. 


5. ¿Cuántos animales puedo tener en mi casa?


No existe una ley nacional general para todo el territorio. Los límites van a depender de la zona en la que ten encuentres. Por ejemplo, en Madrid puedes tener hasta 5 animales viviendo bajo el mismo techo, mientras que en Salamanca, según la ordenanza municipal, puedes tener conviviendo como máximo en una misma vivienda hasta 3 perros, 3 gatos o un total de 10 pájaros.


Te recomendamos que si tienes dudas sobre las mascotas y las comunidades de vecinos, ponte en contacto con un Administrador de Fincas Colegiado

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Una vez finalizado el estado de alarma, comenzamos el camino hacia la «nueva normalidad«, una etapa de la que conocemos su fecha de inicio, pero no su fecha de finalización, ya que la COVID-19 puede ocasionar rebrotes. En todo caso, el horizonte lo marcará la llegada de una vacuna o tratamiento que controle el coronavirus y su expansión. Desde Lexfinca, os informamos de las novedades que incluye esta nueva normalidad:

Movilidad



Podremos movernos y viajar libremente por el territorio de la Unión Europea. Las fronteras se reabrirán en el espacio Schengen -menos la excepción de Portugal, hasta el 1 de julio-. Además, el 1 de julio se podrá viajar a países fuera de este espacio. En el caso del Reino Unido, habrá que guardar una cuarentena de 14 días allí por imposición de su gobierno.

Terminan las limitaciones a la movilidad entre comunidades autónomas.

Movilidad por la Unión Europa y movilidad entre comunidades autónomas en la nueva normalidad

 

Distancia de seguridad

La distancia de seguridad interpersonal pasa a ser de 1,5 metros, en vez de 2.


Se seguirá respetando la distancia interpersonal con la nueva normalidad

Mascarillas


Las mascarillas serán obligatorias en cualquier espacio cerrado en el que haya acceso público, en el transporte público, así como en la vía pública y en espacios al aire libre, siempre que no sea posible garantizar la distancia interpersonal. Serán recomendables para menores de seis años, para personas con dificultad respiratoria y para las que practiquen deporte al aire libre. 

El uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio en transporte público en la nueva normalidad


Bares y restaurantes



En Andalucía se permite un aforo del 75% en el interior de bares y restaurantes y del 100% en las terrazas, manteniendo la seguridad de un 1,5 metros y con una concentración máxima de 25 personas por mesa.

En Andalucía cambia el aforo de las terrazas y los bares con la nueva normalidad


Hoteles y turismo

En los hoteles y apartamentos turísticos pueden ocuparse las zonas comunes, como salas de reuniones y comedores hasta el 50%, mientras que los conciertos al aire libre tendrán una capacidad máxima de 1.500 personas en el exterior. 


La nueva normalidad también trae novedades para los hoteles
Fuente: El Mundo
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